APORTE PARA REFLEXIONAR
ANTÁRTIDA ARGENTINA y LÍMITES DE TIERRA DEL FUEGO
Autor: Equipo Hielo Azul
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13. PROYECTO PROVINCIAL DE LÍMITES DEL AÑO 2007
El Diario Tiempo Fueguino publicó el 02/ 09/ 2007 declaraciones del Diputado Gallo en Río Grande que reproducimos parcialmente: << Detalló que el tema está comprendido dentro de una situación tan particular como es la discusión de nuestra soberanía sobre el Atlántico Sur, las Islas Malvinas, las Georgias y las Sándwich del Sur; y a su vez, la inclusión en tratados internacionales como son las Cartas del Mar y el Tratado Antártico, "que en ninguno de ellos significa que la Argentina reniega de su soberanía, pero se somete a convenios internacionales ratificados por el Congreso de la Nación y por tanto son leyes de la Nación que hay que respetar."
La idea precede a un concepto de discusión en Tierra del Fuego que fue «Provincia Chica» o «Provincia Grande», está última idea fue la que se impuso desde el peronismo, gracias a Dios; y hoy estamos definiendo los límites de nuestra Tierra del Fuego como provincia grande", sostuvo Gallo, añadiendo que desde su labor legislativa se han presentado distintos proyectos que han sido modificados, "con aciertos y con errores", hasta llegar al texto final el cual remarcó, fue "consensuado con la mismísima Cancillería argentina."
IMÁGENES: El protagonista de la historia de una nación son los habitantes, en el escenario de su territorio.
El primer artículo del proyecto de la Ley 23.775/ 90, quedará redactado de la siguiente manera, "Declárase provincia conforme a lo dispuesto en los artículos 13 y 75 inciso 15 de la Constitución Nacional el actual Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
La provincia comprende: la parte oriental de la Isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con la República de Chile, la Isla de los Estados; las islas Año Nuevo, las Islas Malvinas, las rocas Cormorán y Negra, las islas Georgias del Sur, las islas Sándwich del Sur, otras islas, islotes y rocas situados en aguas interiores y en el mar territorial generado a partir de dichos territorios de conformidad con lo previsto por la Ley 23.698, incluidas las islas, islotes y rocas ubicadas al Sur de la Isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con la República de Chile; las islas e islotes ubicados entre los territorios que comprende la Provincia; y, los territorios ubicados en el Sector Antártico Argentino comprendido entre los meridianos 25º Oeste y 74º Oeste y paralelo 60º Sur.
Además de los territorios y espacios marítimos señalados, también integrará la nueva provincia el Territorio Antártico Argentino del paralelo 60º Sur al Polo Sur y desde el meridiano 74º Oeste al 25º Oeste, todo ello conforme los tratados internacionales suscriptos por la Nación Argentina". (Ver Anexo 9)
Este último párrafo interpretamos que se refería fundamentalmente al Tratado Antártico, al TIAR y al Acuerdo Argentino Chileno de mutuo reconocimiento de soberanía entre los meridianos 25° y 90° Oeste de Greenwich.
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