Ley N°610
Día de la Confraternidad Antártica - Provincia del Chubut
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1° - Institúyese en el ámbito de la Provincia del Chubut, el día 21 de junio de cada año como “Día de la Confraternidad Antártica”.
Artículo 2° - El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, incluirá la fecha antes mencionada dentro del calendario escolar de los distintos niveles del sistema educativo provincial, con el objetivo de promover la difusión y toma de conciencia con respecto a la importancia de la soberanía de nuestro país sobre el territorio Antártico.
Artículo 3° - LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE.
Damián Emanuel BISS
Secretario Legislativo
Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
Dr. Adrián Gustavo LÓPEZ
Vicepresidente 1°
Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut