APORTE PARA REFLEXIONAR
ANTÁRTIDA ARGENTINA y LÍMITES DE TIERRA DEL FUEGO
Autor: Equipo Hielo Azul

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1. ANTECEDENTES

El 18 de agosto de 1943 por Decreto Nº 5.626/ 43 se creó la Gobernación Marítima de Tierra del Fuego.

Su jurisdicción fue establecida posteriormente por el Decreto Nº 9.905/ 48, quedando bajo su autoridad, además del Territorio Nacional de Tierra del Fuego, los territorios nacionales del Sector Antártico y de las islas del Atlántico sur, no comprendidas en la jurisdicción de otra autoridad nacional.

El antecedente Provincial Fueguino surge de la Ley N° 14.408/ 55 promulgada el 28 de junio de 1955 que incluía actual territorio de Santa Cruz: “Se constituirá otra provincia, limitada al norte por el paralelo 46º S; al Este, por el Océano Atlántico; al Oeste, por la línea divisoria con la República de Chile, y al Sur, con el Polo, comprendidos Tierra del Fuego, islas del Sur Atlántico y Sector Antártico Argentino.”

Por Decreto N° 11.429/ 55 del 20 de julio de 1955 se le dio el nombre de Provincia de Patagonia, "hasta tanto se pronuncien las correspondientes convenciones constituyentes". El golpe de Estado que derrocó ese año al Presidente Juan Perón, impidió concretarla.

El 28 de febrero de 1957 por Decreto PEN (de facto) Nº 2.191, se estableció el Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, determinando los límites del Sector Antártico Argentino, entre los 25º y 74º oeste y el paralelo 60º Sur.

Tesis que integraba los archipiélagos usurpados y Antártida en un Territorio Nacional: idas y vueltas

En abril de 1986 el Presidente Raúl Alfonsín presentó un proyecto de Ley en Diputados, planteando provincializar este Territorio Nacional sin incluir a las islas usurpadas del Atlántico Sur ni al Sector Antártico; en respuesta la Legislatura fueguina emitió una resolución pidiendo que la nueva provincia se establezca ‘incorporando la totalidad de la actual jurisdicción del territorio nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.’

El 14 de mayo de ese año el PEN envió un nuevo proyecto proponiendo incluir en la ley de provincialización el siguiente texto: “El territorio del sector antártico argentino, las islas Malvinas, las Islas Georgias del Sur y las Islas Sandwich del Sur mantendrán su actual estado de territorio nacional, que se denominará territorio nacional de la Antártida e Islas del Atlántico Sur.”

El 1 de octubre de 1986 el proyecto recibió media sanción de la Cámara de Diputados, con el agregado de que “cuando se den las condiciones de recuperación y ejercicio indiscutido de la soberanía nacional, se considerará la posibilidad de integrar a Tierra del Fuego con la Antártida y las Islas del Atlántico Sur.”

El 21 de septiembre de 1988 el proyecto fue aprobado en el Senado, con el agregado de que esos territorios se incorporan a la provincia y quedarían sujetos “a los tratados con potencias extranjeras que celebre el gobierno federal.”

Cuando en 1990 el Congreso de la Nación provincializó -por ley Nº 23.775/ 90-, el Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el Presidente Carlos Menem por Decreto N° 905/ 90, vetó parcialmente su Artículo 1º que describía los límites de la nueva Provincia, borrando toda referencia a los límites. Así quedó pendiente hasta hoy la resolución del tema.

Ese Decreto fundamentó que "la delimitación contenida en el Artículo 1º del texto sancionado requiere de mayores precisiones, para adecuarlo al orden jurídico vigente", refiriéndose tal vez al alcance de tratados por ratificarse, o a los ‘acuerdos’ con Gran Bretaña, eje de la ‘política de seducción’ implementada por el Canciller Guido Di Tella, en el marco de las relaciones con Estados del hemisferio Norte.

Transcurridos 19 años, este nuevo Proyecto de Ley completará el texto mutilado de la Constitución Provincial fueguina.

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