Este Proyecto de Ley fue presentado ante la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, por expediente 6582-D-08 (TP Nº 170) y modificado por expediente 7059-D-08 (TP Nº 190).
El mismo determina la obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo el Mapa Bicontinental de la República Argentina, el cual muestra el Sector Antártico en su real proporción con relación al Sector Continental e Insular.
La Comisión de Educación por unanimidad dió dictamen favorable al proyecto, pasando para su tratamiento en la próxima sesión de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y su aprobación con fuerza de Ley.
TEXTO ALTERNATIVO (ya aprobado)
Articulo 1° - Se establece la obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo (Ley 26.206 de Educación Nacional), el Mapa Bicontinental de la Republica Argentina que fuera confeccionado por el Instituto Geográfico Militar (leyes 22.963, de Representación del Territorio Continental, Insultar y Antártico, y su modificatoria 24.943), el cual muestra el Sector Antártico en su real proporción con relación al Sector Continental e Insular.
Articulo 2° - El Ministerio de Educación de la Nación será el encargado de garantizar su exhibición, empleo y difusión, en todas las instituciones públicas y privadas, mediante la provisión de la lámina correspondiente en escala 1:5.000.000.
Articulo 3° - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la Partida Jurisdicción 70 - Ministerio de Educación del Presupuesto General de la Nación.
Articulo 4º - Las editoriales deberán incluir el Mapa Bicontinental de la Republica Argentina, referido en la presente, en las nuevas ediciones de los libros de textos. Los textos editados con anterioridad deberán incorporar en el Mapa Bicontinental en caso de reimpresión o reedición.
Articulo 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Se mencionó también que las editoriales incluyan en sus libros de texto el Mapa Bicontinental, de esta manera fijar en la memoria estudiantil y concientizar a la población del país bicontinental que tenemos.
Con relación al tamaño del mapa se discutirá por el de escala 1:10.000.000 (tamaño 83 x 49 cm) o el más grande de escala 1:5.000.000 (165 x 90 cm) cuando sea elevado al recinto de diputados; considerando esta Fundación que el de 83 x 49 cm es más práctico para su uso, el otro es para tener en las mapotecas del establecimiento educacional y ser requeridos cuando el profesor o maestro lo necesite.
ACTUALIZACIÓN (29-OCT-2009)
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN APROBÓ EL PROYECTO DE LEY
Fue girado a la Cámara de Senadores de la Nación
Con fecha 28-OCT-2009 en sesión de la Cámara de Diputados de la Nación, fue aprobado y girado al Senado de la Nación el proyecto de ley de utilización obligatoria del mapa bicontinental argentino.
Esta Fundación sugiere que este proyecto de Ley sea aprobado, con modificaciones respecto al tamaño del mapa; se podrían mencionar los dos, no mencionar la escala (tamaño) o que el mismo en lugar de ser Escala 1:5.000.000 sea de Escala 1;10.000.000, debido a que el de Escala: uno:cinco millones es muy grande, es un mapa de mapoteca, esos que los docentes lo solicitan para dar una clase y el que proponemos es el de Escala: uno:diez millones que tiene un buen tamaño, que son los que ahora tienen en venta en el IGN (ex-IGM).
Los propuestos, sin perder su importancia, al ser más chicos son mapas mucho más económicos, se pueden encuadrar y quedar a la vista en lugares visibles, como los cuadros de los próceres, son fácilmente transportable, también de enviar por correo (el grande por su dimensión minima de 90 cm tiene que ser despachalo en el correo como encomienda y es muy caro) y la experiencia en las aulas dice que no es fácil colocarlos cuando son grandes, debido a que al ser tan altos si uno lo pone tomado de la parte de arriba del pizarrón, como mide 1,60 el mapa es visto por el alumno que estan adelante, no lo pueden ver los de atrás porque queda cerca del piso.