Expedicionarios al Desierto Blanco
Ley 25433 - Boletín Oficial 29689 (16 de julio de 2001)
Autorización al personal superior, subalterno y civil de las Fuerzas Armadas y civil dependientes de la Dirección Nacional del Antártico – Instituto Antártico Argentino, que haya realizado campañas invernales en las bases antárticas, a agregar al grado y/o título que revistan la expresión "Expedicionario al Desierto Blanco".
Sancionada: 13 de junio de 2001
Promulgada de Hecho: 11 de julio 2001
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley:
Artículo 1º - El personal superior, subalterno y civil de las fuerzas armadas y civil dependiente de la Dirección Nacional del Antártico-Instituto Antártico Argentino-, que ha realizado o realizará una o más campañas invernales en alguna de las bases antárticas que la Nación sostiene en el territorio antártico argentino y que se encuentren registrados ante la Asociación Polar "Pingüinera Antártica Argentina", quedarán una vez que dejen el servicio activo y desde la sanción de esta ley, autorizados a agregar al grado y/o título que revisten, la expresión "Expedicionario al Desierto Blanco".
Artículo 2º - La Asociación Polar "Pingüinera Antártica Argentina" efectuará las comunicaciones pertinentes al personal al que refiere el artículo anterior a los efectos del cumplimiento de la presente ley y dispondrá las medidas necesarias para la entrega del diploma y distintivo que los acreditará.
Artículo 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL UNO.
REGISTRADA BAJO EL Nº 25.433
Rafael PASCUAL – Mario A. LOSADA - Roberto C. MARALIOTI – Juan C. OYARZÚN
INFORMACIÓN
La Asociación Polar Pingüinera Antártica Argentina, tiene su sede en: Paseo Colón 1407, esquina Av. Juan de Garay – Ciudad Autónoma de Buenos Aires - CP 1063 - Teléfonos 011-4361-4123 y 7185 - www.asociacionpolar.com - asociacion_polar@yahoo.com.ar